Información importante sobre la habilitación de refugios en casos de emergencias.
  1. Los refugios de emergencia son lugares que las autoridades y organizaciones de ayuda adecúan en casos de emergencia para atender a las víctimas de desastres naturales.
  2. Los refugios generalmente son atendidos por organizaciones como la Cruz Roja, Ejercito de Salvación, entre otros.
  3. En caso de emergencias, las autoridades y los medios de publicidad proporcionan las listas de los refugios habilitados para atender las emergencias.
  4. Estos refugios pueden ubicarse en escuelas, iglesias, o cualquier otro edificio que pueda facilitar el acceso y la atención a las víctimas de los desastres naturales.
  5. A las víctimas se les proporciona atención medica, alimentos, un lugar donde dormir, entre otros, mientras se atiende la emergencia que se encuentre activa o se este otorgando ayuda post-emergencias.
  6. Encaso de que al existir una emergencia y se habiliten refugios para atender a las víctimas, este Consulado General de México informaría mediante este portal, la lista de los refugios a donde puede acudir para recibir atención.  

 

   

 


Teléfonos de Emergencia: (619) 231-3847 y (619) 231-6634